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Lo que pasó: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción y publicación del VIII Convenio colectivo del Grupo Generali España.
A quién afecta: A las personas trabajadoras de las ocho empresas del grupo incluidas en su ámbito: Generali España, Grupo Generali España AIE, Generali España Holding, Hermes, Vitalicio Torre Cerdá, Cajamar Vida, Cajamar Seguros Generales y GOSP Sucursal en España.
Cuándo cambia/ocurre: Desde su publicación en el BOE y hasta el 31 de diciembre de 2029, con posibilidad de prórrogas anuales.
La Dirección General de Trabajo ha registrado y ordenado la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del VIII Convenio colectivo del Grupo Generali España. El texto fue suscrito el 23 de julio de 2026 por la representación de la empresa y por las secciones sindicales de CC.OO., USOC y UGT, y posteriormente subsanado mediante acta de 30 de septiembre de 2026.
El convenio regula las relaciones laborales de las ocho empresas del grupo en España y sustituye al VII Convenio colectivo del grupo, así como al convenio de Generali Seguros y Reaseguros SAU. Su vigencia se extiende desde la publicación hasta el 31 de diciembre de 2029, con prórrogas anuales automáticas salvo denuncia expresa.
🔹 Causa 1: La obligación legal de registrar y publicar los convenios colectivos, conforme al artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010.
🔹 Causa 2: La necesidad de homogeneizar y actualizar las condiciones laborales de las empresas del grupo, especialmente tras la integración de Liberty Seguros, que contaba con su propio convenio.
🔹 Causa 3: El acuerdo alcanzado entre la dirección y los sindicatos para dotar de estabilidad normativa al grupo hasta 2029, incorporando materias como la desconexión digital, la sostenibilidad, la igualdad y la diversidad.
Si eres empleado del Grupo Generali: Tu jornada anual será de 1.650 horas, con 27 días laborables de vacaciones, flexibilidad horaria y nuevas tablas salariales (con un incremento del 3,5% para 2025). También se regulan permisos, excedencias, movilidad y previsión social.
Si eres representante sindical: Participarás en la nueva Comisión Mixta Paritaria de Interpretación y Seguimiento, con cinco representantes por cada parte, y tendrás acceso a información y consulta sobre las materias del convenio.
Si eres aspirante a trabajar en el grupo: Las condiciones laborales de las nuevas contrataciones se regirán por este convenio, que establece el periodo de prueba, la clasificación profesional y el sistema de promoción.
| Dato / Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fecha de resolución | 15 de octubre de 2026 |
| Fecha de firma | 23 de julio de 2026 |
| Vigencia | Hasta el 31 de diciembre de 2029 |
| Prórroga | Anual automática salvo denuncia |
| Jornada anual | 1.650 horas |
| Vacaciones | 27 días laborables |
| Incremento salarial 2025 | 3,5% |
| Empresas incluidas | 8 |
| Comisión Mixta | 5 representantes empresariales y 5 sindicales |
| Año | Mes | Resumen |
|---|---|---|
| 2026 | Julio | Firma del VIII Convenio colectivo del Grupo Generali España (23 de julio). |
| 2026 | Septiembre | Acta de subsanación del convenio (30 de septiembre). |
| 2026 | Octubre | Resolución de la Dirección General de Trabajo ordenando registro y publicación (15 de octubre). |
| 2026 | Octubre | Publicación en el BOE (fecha posterior a la resolución). |
El VIII Convenio del Grupo Generali llega después de un proceso de integración que incluyó la absorción de Liberty Seguros por parte de Generali. Hasta ahora, coexistían dos convenios: el del grupo y el de Generali Seguros y Reaseguros SAU. Este nuevo texto unifica la regulación y deroga ambos, con disposiciones transitorias para adaptar las condiciones de los colectivos procedentes de Liberty, como la adaptación horaria voluntaria hasta el 30 de junio de 2027.
Además, el convenio se alinea con las últimas reformas laborales y con las demandas sindicales, incorporando aspectos como la desconexión digital, la igualdad LGTBI, la sostenibilidad y la corresponsabilidad.
Tras la publicación en el BOE, se constituirá la Comisión Mixta Paritaria en el plazo que fije el propio convenio. Las empresas deberán aplicar las nuevas tablas salariales y las condiciones de jornada y horarios, prestando especial atención a los colectivos procedentes de Liberty, que disponen de un periodo transitorio voluntario hasta el 30 de junio de 2027 para incorporarse al régimen horario general. El convenio podrá ser denunciado entre el 1 y el 31 de diciembre del año de su vencimiento (2029) para iniciar la negociación del siguiente.
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